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Sobre la personas y

sus derechos por serlo

(Los Derechos Humanos)

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

 

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción. 

Proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III)

Una larga historia y una conquista que hay que defender

¿Cuándo aparecen?

¿Por què es importante respetarlos?

¿Cuántos son?

¿ A quién corresponde defenderlos?

conoce el Articulado

Los Derechos Humanos como referentes para una ética de mínimos

La filósofa española Adela Cortina plantea una interesante distinción entre una ética de mínimos y otra de máximos. Si las éticas de máximos se centran en dotar de sentido a nuestras vidas, las éticas de mínimos priorizan la justicia colectiva sobre la felicidad individual.


Una ética de mínimos resulta así más razonable para asegurar la convivencia en sociedades abiertas y plurales en las cuales tiene que garantizarse la convivencia de múltiples interpretaciones de "vida buena", ya que se centra en aquellas cuestiones relacionadas con la justicia que son exigibles moralmente a todos sus ciudadanos. En el plano político y jurídico establece aquellos derechos básicos como la libertad, el respeto, la tolerancia y la igualdad en oportunidades y derechos que se recogen en la Declaraión Universal de los Derechos Humanos (1948). (Cortina 2001: 140-141).


Mientras la felicidad supone una “invitación” (nadie puede exigir a nadie que viva de acuerdo a un modelo de felicidad), los mínimos de justicia y respeto de la ética cívica son “exigencias” para los ciudadanos. (Cortina 2000: 167). Se trata de compartir unos mínimos morales de justicia (lo justo), aunque discrepemos en los máximos de felicidad (lo bueno). (Cortina 1994: 52).


De acuerdo con Cortina (1994: 104-113) los mínimos éticos comprenden los siguientes contenidos:

 

  • El respeto a los derechos humanos: civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, ambientales y relativos a vivir en paz.

  • Los valores de libertad, igualdad y solidaridad

  • La existencia de una actitud dialógica.

¿Quieres conocer más sobre la propuesta de Adela Cortina?
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